jueves, 10 de noviembre de 2011

Pensar en la Reforma del Codigo de Niños y Niñas

Es muy preocupante, la visiòn que se ha estado manejando en este pais con las normativas protectoras corresponde a la misma direccionalidad eliminarlas todas.
Es al parecer un modus operandi de karaoke se repiten las ideas, En el 2003 un caso de la sobrina de una diputada que fue asesinada por un adolescente al saber que ella estaba embarazada fue el detonante.
Con el CPP, ya sabemos que dicen que es para favorecer a los delincuentes, pero parece que solo a los de cuello blanco, porque las redadas, las ejecuciones y los prolongados procesos no han cesado para las personas que no cuentan con recursos econòmicos. Al desmeritar el còdigo y atribuirle las dificultades se impone la necesidad de reforma conforme a las mentalidades autoritarias e impositivas y adultocentricas .
Analizar la reforma del CNNA hay que tomar en cuenta cual es la mirada del pais a la poblaciòn juvenil y adolescente, pero no solo estos elementos, sino ademàs porque las leyes de NNA estan fundadas en una doctrina de"Protecciòn Integral" en que el elemento de penalizacion se supone abolido las personas menores de edad se suponen ininmputables penalmente . Es importante analizar que el elemento que se introduce de nuevo pertenece a la doctrina de situaciòn irregular en que el estado y el sistema se comportan como padres correctores) en masculino ademàs . ante situaciones irregulares.
Contraviene acuerdos en materia de proteccion de NNA. la Convencion de los Derechos del niño es normativa nacional segun la constitucion en su articulo 76 .
He pensado que si la idea es castigar a los adolescentes, deberian aprovechar y fundir el Còdigo Penal con esta legislaciòn y nos economizamos una jurisdiccion , se elimina la especificidad de la jurisdiccion NNA , Conani, y toda la estructura que de hecho no funciona en el nivel nacional y hay elementos de esa ley que jamàs se han puesto en pràctica . VG los reconocimientos judiciales, los hogares sustitutos nacionales , no se aplican, bueno casi nada diria yo, porque no se ve a los chicos como sujetos de derechos como dice la ley y la convencion sino como sujetos de pena , castigo, de penas, de sanciones, de obediencia, de acatamiento, de sometimiento de la supremacia adulta y otras consideraciones que anulan su status de sujeto.
Con esta experiencia se repite lo mismo que con la ley 14-94 que el llamado organismo rector nunca se reuniò para nada , la norma no se aplicò, pero lo resolvimos modificando la ley .De hecho en el 2003 la ùnica persona que protestò en las sesiones de discusiòn para eliminar la inimputabilidad a los adolescentes fui yo , Es una pena que casos aislados puedan establecer las politicas.
Despues de una discusion el pasado año sobre esta ley me quedè confiada en que tal como dijeron los diputados en esa ocasion eso de elevar las penas no pasarìa,
La falta de garantìa de derechos se resuelve cambiando la ley ..
No se de verdad si existen estadisticas que indiquen que los jòvenes infractores sean una proporcion tan elevada en las estadisticas nacionales , si alguien tiene estas estadisticas desagregadas seria bueno tenerlas
 saber  a   que necesidad responde esta reforma y cuales seran sus aportes.a0
de nuevo habrà que preguntarse : ¿ a quien desea la sociedad dominicana sancionar . a las victimas o a los responsables verdaderos porque siendo la sociedad , la familia y el estado los responsables de la proteccion integral hay que elevar las penas para quienes estaban obligados a proteger respetar y nolo han hecho...
Volvemos a esto que Focault ha llamado "lo particular de nuestra forma de castigar".
Ay que desaliento , pero eso es lo que deja esta manera de representarnos en nuestros legisladores !!!

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